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decreto 104 de 2004

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, el cual emitió concepto técnico favorable, y cuenta con concepto de

Considerando · 1 motivo

Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, el cual emitió concepto técnico favorable, y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional, Los Siguientes Cargos Vacantes: Planta Global N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 08 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 06 1 (Uno) Analista De Sistemas 4005 15 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 07 1 (Uno) Especialista Primero 4012 - 3 (Tres) Especialista Cuarto 4018 - 1 (Uno) Adjunto Intendente 5022 - 1 (Uno) Adjunto Primero 5034 -

°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional, los siguientes cargos vacantes: PLANTA GLOBAL N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 08 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 06 1 (Uno) Analista de Sistemas 4005 15 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 07 1 (Uno) Especialista Primero 4012 - 3 (Tres) Especialista Cuarto 4018 - 1 (Uno) Adjunto Intendente 5022 - 1 (Uno) Adjunto Primero 5034 -

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1588 Del 17 De Agosto De 2000

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1588 del 17 de agosto de 2000.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública