Artículo 1Créanse En La Planta De Personal De Empleados Públicos De La Superintendencia De Notariado Y Registro, Los Siguientes Empleos Temporales, Hasta El Tiempo Establecido En El Artículo 208 De La Ley 1448 De 2011
°. Créanse en la planta de personal de empleados públicos de la Superintendencia de Notariado y Registro, los siguientes empleos temporales, hasta el tiempo establecido en el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011. Número de cargos Denominación del Empleo Código Grado DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA PROTECCIÓN, RESTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS. 1 (uno) Superintendente Delegado 0110 23 5 (cinco) Asesor 1020 11 Planta Global Número de cargos Denominación del Empleo Código Grado 3 (tres) Profesional Especializado 2028 20 18 (dieciocho) Profesional Especializado 2028 19 1 (uno) Profesional Especializado 2028 17 5 (cinco) Profesional Universitario 2044 10 10 (diez) Técnico Administrativo 3124 16 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 2 (dos) Conductor Mecánico 4103 17
Artículo 2Los Empleos Temporales Creados En El Presente Decreto Deberán Dirigirse Al Cumplimiento De Las Funciones Que Dieron Lugar A La Creación De Los Mismos, De Conformidad Con Lo Señalado En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto Reglamentario 1227 De 2005 Y Demás Disposiciones Que Le Modifiquen, Adicionen O Sustituyan
°. Los empleos temporales creados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 3La Provisión De Los Empleos De Carácter Temporal Se Efectuará De Conformidad Con Lo Preceptuado En Los Artículos 3° Y 4° Del Decreto 1227 De 2005
°. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos 3° y 4° del Decreto 1227 de 2005.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.