Micelio

decreto 3666 de 1981

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Apruébase el Acuerdo número 1 de diciembre2 de 1981 del XL Congreso Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: «ACUERDO NUMERO 1 DE 1981 (diciembre 2) El XL Congreso Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, ACUERDA: Artículo primero Fíjase en la suma de tres mil doscientos diez millones cuarenta y nueve mil pesos moneda corriente ($ 3.210.049.000.00) el monto de estos cargos, discriminados en los siguientes conceptos

1.

Cargo por Servicios Administración $ 3.163.127

2.

Diferencial Almacenaje 46.922 Total $ 3.210.049 Artículo segundo. La distribución de estos recursos será la siguiente: 1 Gastos de Administración $ 2.054.077 2 Inversiones Recuperables 21.400 3 Inversiones no Recuperables 196.272 4 Transferencias 938.300 Total $ 3.210.049 Aprobado en Bogotá, D. E., a los dos (2) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y uno 1981. El Presidente, (Fdo.) Hernán Palacio Jaramillo. El Secretario, (Fdo.) José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2º

º . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público