Artículo 1
Art. único. Convócase estraordinariamente el Congreso para el dia 2 del entrante mayo.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores
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Art. único. Convócase estraordinariamente el Congreso para el dia 2 del entrante mayo.