en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de los fondos distribuidos por Decreto número 422 de 1948 existe un sobrante de $ 1.710, proveniente de pensiones alimenticias de alumnos becados de la Escuela Normal de Rurales de Santa Marta, no usufructuadas durante el presente año
Considerando · 2 motivos
Que de los fondos distribuidos por Decreto número 422 de 1948 existe un sobrante de $ 1.710, proveniente de pensiones alimenticias de alumnos becados de la Escuela Normal de Rurales de Santa Marta, no usufructuadas durante el presente año; y;
Que la partida destinada por el mismo Decreto para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones, deportes, drogas, reparaciones, dotación y demás gastos de la Normal resultó insuficiente para atender estos servicios;
Artículo 1
Artículo único. La suma de $ 1.710 sobrante por concepto de becas de alumnas de la Escuela Normal de Santa Marta no utilizadas en el presente año, destínase para material y gastos varios de la misma Escuela. Comuníquese y publíquese.