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decreto 1125 de 1969

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuirlas partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma, del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos, en

Considerando · 3 motivos

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuirlas partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma, del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos, en el texto, de cada apropiación;

Que el Ministerio de desarrollo Económico ha propuesto la distribución de la cantidad de $ 6.000.000.00, apropiada en el Capítulo 565, Programa 668, artículo 5935 del Presupuesto de la actual vigencia, para Planeación y Fomento en el Departamento del Chocó, y;

Que el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto, han estudiado y encontrado ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta;

Artículo 1

° . Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Inversión MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO CAPITULO 505 Ministerio de Desarrollo Económico Programa 668 Planeación y fomento de los Departamentos y Municipios 605, 264. Artículo 5935. Planeación y fomento del Departamento del Chocó, según distribución por decreto, previo estudio y aprobación del Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $ 6.000.000 Que se distribuye así: Aporte del Departamento al Fondo Departamental de Caminos Vecinales del Chocó para construcción de las siguientes vías: Proyecto

1.

Carmen-Depresión-La Eme 600.000 Proyecto

2.

Cértegui-Bagadó 700.000 Proyecto

3.

Istmina-Pepé 700.000 Proyecto

4.

Balboa-Unguía 500.000 Proyecto

5.

Caminos Vecinales y Puentes. Construcción y mantenimiento de caminos veredales y puentes según programa que será elaborado por la Secretaría de Obras Públicas del Departamento, conjuntamente con la Oficina Departamental de Planeación 450.000 Proyecto

6.

Comunicaciones. Radioteléfonos: Para cubrir costos adicionales ocasionados por compra de radioteléfonos para el Departamento 135.000 Proyecto

7.

Energía eléctrica. Compra e instalación de pequeñas plantas eléctricas en localidades del Departamento, según programa que será elaborado por la Oficina Departamental de Planeación 250.008 Fomento agropecuario y minero Proyecto

8.

Para fomento agropecuario y minero en la región de San Juan 110.000 Proyecto

9.

Para fomento agropecuario y minero en la región del Atrato 110.000 Proyecto

10.

Para fomento agropecuario en la costa chocoana del Pacífico 85.000 Proyecto

11.

Fondo Ganadero. Aporte en acciones del Departamento del Chocó al Fondo Ganadero Departamental 100.000 Acción Comunal Proyecto

12.

Aporte del Departamento a los programas de Acción Comunal de Nivel Seccional, los cuales elaborará la Oficina Departamental en Planeación y la Oficina de Acción Comunal 220.000 Salud Pública Proyecto

13.

Campañas de Salud. Aporte del Departamento a las campañas de salubridad e higiene que adelanta el Ministerio de Salud en el Chocó 100.000 Proyecto

14.

Acueductos. Para entregar al Instituto Nacional de Fomento Municipal, como aporte del Departamento para la ampliación de la planta y redes de distribución del acueducto de Quibdó 700.000 Educación Pública Proyecto

15.

Construcción de locales escolares 400.000 Proyecto

16.

Reparación y dotación de locales escolares 140.000 Obras Públicas Proyecto

17.

Acondicionamiento del Hotel Citará, de Quibdó y mantenimiento del mismo 200.000 Proyecto

18.

Adquisición de herramientas, equipo y repuestos mecánicos con destino al mantenimiento de la maquinaria y los automotores actualmente al servicio del Departamento 200.000 Administración Proyecto

19.

Sueldos y prestaciones sociales del personal de planta de la Oficina Departamental de Planeación 280.000 Proyecto

20.

Para dotación de Oficina Departamental de Planeación 10.000 Proyecto

21.

Para gastos de movilización y transporte de los funcionarios de la Oficina Departamental de Planeación 10.000 Total $ 6.000.000

Artículo 2

° . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y crédito público