en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República asistirá a la Cumbre de Jefes de Estado de Iberoamérica, que tendrá lugar en Guadalajara, México
Considerando · 3 motivos
Que el Presidente de la República asistirá a la Cumbre de Jefes de Estado de Iberoamérica, que tendrá lugar en Guadalajara, México;
Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero desde el día 17 hasta el día 21 de julio de 1991, inclusive;
Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario;
Artículo 1º
º . Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Gobierno, doctor Humberto de la Calle Lombana, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos
Artículo 189, con excepción del numeral 2º;
Artículo 201, numeral 1;
Artículos 212, 213, 214 y 215;
Artículo 30 de las disposiciones transitorias de la actual Carta Política.
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.