Micelio

decreto 2145 de 1935

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único . Apruébase la siguiente Resolución: "RESOLUCION NUMERO 288 DE 1935 (noviembre 9) por la cual se destina una partida para gastos de saneamiento del Centro Mixto de Salud de la Zona Bananera. El Director del Departamento Nacional de Higiene, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1° Que en desarrollo del contrato por el cual se crea el Centro Mixto de Salud de la zona bananera, el Departamento Nacional de Higiene está obligado , a organizar cinco dispensarios en la zona y la campaña de saneamiento del suelo en toda la región. 2º. Que es necesario, en cumplimiento del mencionado contrato, organizar en el presente año los Dispensarios de Orihueca y Ciénaga, e intensificar la campaña de saneamiento del suelo para así evitar los principales focos de enfermedades epidémicas y hacer más eficaz la labor de los dispensarios. 3º. Que el Centro Mixto de Salud de la Zona Bananera, está en situación pecuniaria bastante precaria y que el Departamento Nacional de Higiene, en cumplimiento del mencionado contrario, no puede disminuir los gastos de labores de saneamiento, RESUELVE :

Artículo 1

º . Destínase la cantidad de cuatro mil pesos ($ 4.000), para ayudar a los gastos de saneamiento del Centro Mixto de Salud de la Zona Bananera.

Artículo 2La Cantidad Anterior Se Pagará En Dos Contados, Así: Dos Mil Pesos ($ 2,000) En El Presente Mes, Y Dos Mil Pesos ($ 2,000) En El Mes De Diciembre, Con Imputación Al Artículo 291 Del Capítulo 63 Del Presupuesto Vigente Para Este Departamento Administrativo

º. La cantidad anterior se pagará en dos contados, así: dos mil pesos ($ 2,000) en el presente mes, y dos mil pesos ($ 2,000) en el mes de diciembre, con imputación al artículo 291 del capítulo 63 del Presupuesto vigente para este Departamento Administrativo.

Artículo 3

º . Los giros se harán al Administrador de Hacienda Nacional de Santa Marta para que éste los pague al Médico Jefe del Centro Mixto de Salud de la Zona Bananera, previos los comprobantes correspondientes. Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Director, F. Gómez Pinzón."
El Ministro de Agricultura y Comercio