Micelio

decreto 1616 de 1995

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Artículo 1º

º. Aclárase el Decreto 1757 del 3 de agosto de 1994, por el cual se organizan y establecen las modalidades y formas de participación social en la prestación de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 4º del Decreto-ley 1298 de 1994, en el sentido que este acto administrativo reglamenta el literal d) del artículo 1º de la Ley 10 de 1990 y el literal f) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993.

Artículo 2º

º. Cuando se cita el Decreto 1298 de 1994 en el contenido del decreto que se aclara por medio del presente acto administrativo, debe entenderse que la norma aplicable, es la norma de origen contenida en las Leyes 10 de 1990 y 100 de 1993.

Artículo 3º

º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.