Micelio

decreto 1613 de 1995

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Artículo 1º

º. Aclárase el Decreto 1663 del 1º de agosto de 1994, por el cual se reglamenta el

Parágrafo 2

del artículo 67 y el artículo 74 del Decreto-ley 1298 de 1994, en el sentido que este acto administrativo reglamenta el

Parágrafo 2

del artículo 183 y el artículo 185 de la Ley 100 de 1993 y demás normas concordantes.

Artículo 2º

º. Cuando se cita el Decreto 1298 de 1994 en el contenido del decreto que se aclara por medio del presente acto administrativo, debe entenderse que la norma aplicable, es la norma de origen contenida en las Ley 100 de 1993.

Artículo 3º

º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.