Artículo 1
Art. único. Asígnase la cantidad anual de seiscientos pesos ($600) para los útiles de escritorio i demas gastos de material de la Administracion de la Aduana de Santamarta; i la de cien pesos ($100) para los gastos de luz i agua de la seccion del resguardo de dicha Aduana.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior Relaciones Esteriores, encargado del Despacho de Hacienda i Fomento
Antonio María Pradillaencargado