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decreto 819 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial la conferida en el artículo 43 del Decreto - ley 1650 de 1977

Artículo 1Aprobar El Acuerdo Número 033 Del 13 De Febrero De 1986, Expedido Por El Consejo Nacional De Seguros Sociales Obligatorios, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 033 De 1986 Por El Cual Se Modifica El Acuerdo Número 04 Del 1°de Diciembre De 1981, Aprobado Por Decreto 231 De 1982

° Aprobar el Acuerdo número 033 del 13 de febrero de 1986, expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 033 DE 1986 por el cual se modifica el Acuerdo número 04 del 1°de diciembre de 1981, aprobado por Decreto 231 de 1982. El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el articulo 43, literales a) y c) del Decreto - ley 1650 de 1977, ACUERDA: Artículo 1º Modificar el Acuerdo número 04 del 1°de diciembre de 1981, aprobado por Decreto 231 de 1982 en el sentido de determinar que se trata de la Comisaría del Amazonas y no de la Intendencia del Amazonas, como allí se indica. Artículo 2º En cumplimiento de lo establecido en el inciso último del artículo 43 del Decreto - ley 1650 de 1977, el presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

ARTICULO 2 º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la conferida en el artículo 43 del Decreto - ley 1650 de 1977
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Salud