Micelio

decreto 238 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Articulo único. Derógase el Decreto número 701 de 1944. En consecuencia, en la Imprenta Nacional seguirá editándose la publicación denominada Anales de Economía y Estadística por cuenta de la Gontraloria General de la República. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público