en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 50 de la Ley 4º de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos al Presupuesto, a partir del 1º de enero de 1971 y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 3º del artículo 50 de la Ley 4º de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos al Presupuesto, a partir del 1º de enero de 1971 y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 572 de 1971; el Gobierno declaró sobrante y, por lo tanto disponible para ser contracréditada, la cantidad de $ 2.000.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la Vigencia fiscal de 1371, del Ministerio de Justicia, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto;
Que de conformidad con te dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Con valor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 34 de 1971, por $ 2.000.000.00, para amparar la apertura de los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta, clase de negocies;
Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Aquí Pdf Diario Oficial (Tabla De Presupuesto) Pág
°. Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4.
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Abrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Aquí Pdf Diario Oficial (Tabla De Presupuesto) Pág
º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4.
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.