en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República
Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
CAPITULO 283
División Nacional de Salubridad Pública.
Artículo 2860-A
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 283 División Nacional de Salubridad Pública. 001, 003. Del artículo 2860-A. Para la integración y extensión de servicios de salud pública en cinco Zonas Pilotos del país, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado $ 30.000.00 001. Ordinal 2. Para el sostenimiento de becas en la Escuela Superior de Higiene, y otros centros docentes del país en los últimos ocho (8) meses del presente año $ 30.000.00 Suman los contracréditos $ 30.000.00 CAPITULO 280 Gabinete del Ministro Institutos. Instituto de Estudios Especiales "Carlos Finlay". 224.Al artículo 2814-A. Para la adquisición e instalación de un ascensor y de una planta eléctrica de emergencia, en el edificio en donde funciona el Instituto de Estudios Especiales " Carlos Finlay" $ 30.000.00 Suman los créditos $ 30.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,