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decreto 308 de 2021

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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios. Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser e

Considerando · 6 motivos

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Darwin, Mancomunidad de Australia, la Embajada de Colombia ante la Mancomunidad de Australia, ha propuesto mediante el memorando EAUCBR 171-55/2020 el 18 de junio de 2020, a la señora GIOVANNA ISMENIA CORTES ESCAMILLA Ciudadana colombiana.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la Mancomunidad de Australia, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Darwin, Mancomunidad de Australia, así como el nombramiento de la señora GIOVANNA ISMENIA CORTES ESCAMILLA como Cónsul Honoraria.

Que mediante el memorando I-GAP-20-001390ilel 10 de julio de 2020;'Ia Dirección de Asia, África y Oceanía, igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal PRB No. 32/21 del 16 de febrero de 2021, el Departamento de Asuntos exteriores y Comercio de la Mancomunidad de Australia, confirmó el Beneplácito al nombramiento. En mérito de lo expuesto;

Artículo 1Crear El Consulado Honorario De Colombia En Darwin, Mancomunidad De Australia

°. CREAR el Consulado Honorario de Colombia en Darwin, Mancomunidad de Australia.

Artículo 2Designar A La Señora Giovanna Ismenia Cortes Escamilla Como Cónsul Honoraria En Darwin, Con Circunscripción En El Territorio Del Norte De La Mancomunidad De Australia Por Un Periodo Inicial De Cuatro (4) Años

°. DESIGNAR a la señora GIOVANNA ISMENIA CORTES ESCAMILLA como Cónsul Honoraria en Darwin, con circunscripción en el territorio del Norte de la Mancomunidad de Australia por un periodo inicial de cuatro (4) años.

Artículo 3Comunicación

°. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

Artículo 4Vigencia

VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y