Micelio

decreto 103 de 1958

5 artículos · lectura continua

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 4 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que el Gobierno Nacional posee dos (2) lotes de terreno ubicados en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, parte por cesión gratuita que le hiciera el Municipio de San Andrés (Isla), y parte por compra a varios propietarios;

Que la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia necesita la propiedad de estos terrenos con el fin de terminar la construcción de la Casa Intendencial, del Hospital, y además, concluir con el Instituto de Crédito Territorial una negociación para el desarrollo de un Plan de Viviendas;

Que por otra parte la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia necesita vender un (1) lote de terreno y las edificaciones que se encuentran en él, conocido todo con el nombre de "Hotel Abacoas", con el objeto de cancelar una deuda contraída con el Instituto de Crédito Territorial, y darles fin a las obras de Fomento Turístico en la Intendencia;

Artículo 1Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Primero

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo primero. Cédense a la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, con destino a las obras de la Casa Intendencia, Hospital, Estación del Inalámbrico y Plan de Viviendas con el Instituto de Crédito Territorial, los siguientes lotes de terreno de propiedad nacional:

a)

Un globo de terreno ubicado en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, en el punto denominado "Sarie Bay", de conformidad con la mensura verificada por el Ingeniero Oficial de la Intendencia, y comprendido por los siguientes linderos: "Partiendo de un mojón de concreto (marcado B en el plano respectivo), ubicado en el vértice más occidental de un lote colindante de propiedad de la Nación, lindando en parte con terreno de la señorita Helena Manuel, y en parte con el lote del señor Robert James, y pasando por un mojón de concreto (marcado C en el plano), una línea recta con rumbo Norte cincuenta y un grados Oeste (N. 51° O.), y doscientos cuatro metros con setenta centímetros (204 Mts. 70 Cts.) de longitud, hasta llegar al mar. De este punto, siguiendo una dirección general Norte setenta y ocho grados (N. 78° E.), y en una longitud aproximada de trescientos veintisiete metros (327 Mts.), medidos en línea recta, una línea sinuosa determinada por la orilla del mar y lindando siempre con este último, hasta encontrar un extremo Noreste de la línea que es lindero entre terrenos de la Nación donde está ubicado el edificio destinado al Hospital Intendencial), y los lotes de Robert James, Peter James y Joseph M. Bernard y el Municipio de San Andrés, los cuales lotes forman en conjunto el globo que se está alinderando. De dicho extremo de esta línea, y lindando con terreno de la Nación, donde se encuentra el edificio del citado Hospital Intendencial, una línea recta con rumbo Sur treinta y nueve grados Oeste (S. 39° O.), y doscientos cincuenta y cuatro metros con sesenta centímetros (254 Mts. 60 Cts.) de longitud hasta dar de nuevo con el centro del mojón B, punto de partida del presente alinderamiento.

b)

Un globo de terreno ubicado en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, en el punto denominado "Sprat Bight", y comprendido por los siguientes linderos:

"Por el Norte linda con terrenos de Adelai de James y Filimore Manuel;

Por el Sur linda con terrenos de Fanny Hocpman y Philip B. Livingston;

Por el Este linda con el mar, y

Por el Oeste linda con terrenos de Philip B, Livingston y Filimore Manuel", lote de terreno que tiene cuatrocientos cincuenta metros (450 Mts.) de largo por doscientos veinticinco metros (225 Mts.) de ancho.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 16/04/1958 – 02/03/2021

Artículo primero. Cédense a la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, con destino a las obras de la Casa Intendencia, Hospital, Estación del Inalámbrico y Plan de Viviendas con el Instituto de Crédito Territorial, los siguientes lotes de terreno de propiedad nacional: a) Un globo de terreno ubicado en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, en el punto denominado "Sarie Bay", de conformidad con la mensura verificada por el Ingeniero Oficial de la Intendencia, y comprendido por los siguientes linderos: "Partiendo de un mojón de concreto (marcado B en el plano respectivo), ubicado en el vértice más occidental de un lote colindante de propiedad de la Nación, lindando en parte con terreno de la señorita Helena Manuel, y en parte con el lote del señor Robert James, y pasando por un mojón de concreto (marcado C en el plano), una línea recta con rumbo Norte cincuenta y un grados Oeste (N. 51° O.), y doscientos cuatro metros con setenta centímetros (204 Mts. 70 Cts.) de longitud, hasta llegar al mar. De este punto, siguiendo una dirección general Norte setenta y ocho grados (N. 78° E.), y en una longitud aproximada de trescientos veintisiete metros (327 Mts.), medidos en línea recta, una línea sinuosa determinada por la orilla del mar y lindando siempre con este último, hasta encontrar un extremo Noreste de la línea que es lindero entre terrenos de la Nación donde está ubicado el edificio destinado al Hospital Intendencial), y los lotes de Robert James, Peter James y Joseph M. Bernard y el Municipio de San Andrés, los cuales lotes forman en conjunto el globo que se está alinderando. De dicho extremo de esta línea, y lindando con terreno de la Nación, donde se encuentra el edificio del citado Hospital Intendencial, una línea recta con rumbo Sur treinta y nueve grados Oeste (S. 39° O.), y doscientos cincuenta y cuatro metros con sesenta centímetros (254 Mts. 60 Cts.) de longitud hasta dar de nuevo con el centro del mojón B, punto de partida del presente alinderamiento. b) Un globo de terreno ubicado en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, en el punto denominado "Sprat Bight", y comprendido por los siguientes linderos: "Por el Norte linda con terrenos de Adelai de James y Filimore Manuel; Por el Sur linda con terrenos de Fanny Hocpman y Philip B. Livingston; Por el Este linda con el mar, y Por el Oeste linda con terrenos de Philip B, Livingston y Filimore Manuel", lote de terreno que tiene cuatrocientos cincuenta metros (450 Mts.) de largo por doscientos veinticinco metros (225 Mts.) de ancho.

Artículo 2Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo segundo. Comisiónase al Alcalde Municipal de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, para que a nombre de la Nación haga a la citada Intendencia el traspaso ele las zonas de terreno de que acaba de hablarse en los artículos anteriores, por medio de escritura pública, con la cual deben quedar protocolizados los respectivos planos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 16/04/1958 – 02/03/2021

Artículo segundo. Comisiónase al Alcalde Municipal de San Andrés (Isla), Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, para que a nombre de la Nación haga a la citada Intendencia el traspaso ele las zonas de terreno de que acaba de hablarse en los artículos anteriores, por medio de escritura pública, con la cual deben quedar protocolizados los respectivos planos.

Artículo 3Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Tercero

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo tercero. Autorízase a la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia para vender en pública subasta, previo avalúo de la propiedad Intendencial y de las mejoras introducidas por el actual contratista arrendatario, del lote de terreno y edificaciones hechas en él, y conocidas con el nombre de "Hotel Abacoas", ubicados en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia de San Andrés y Providencia, y comprendido dentro de los siguientes linderos:

"Por el Norte noventa y ocho (98) pies con camino público;

Por el Sur doscientos sesenta y dos (262) pies con camino público;

Por el Este seiscientos setenta y ocho (578) pies con camino público, y

Por el Oeste quinientos ochenta pies con terrenos de la sucesión y otros.

Parágrafo

En igualdad de condiciones, para la venta respectiva, se preferirá al actual arrendatario, de conformidad con el contrato celebrado con la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, previo el lleno de los requisitos legales correspondientes, y con la posterior aprobación del Ministerio de Gobierno.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 16/04/1958 – 02/03/2021

Artículo tercero. Autorízase a la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia para vender en pública subasta, previo avalúo de la propiedad Intendencial y de las mejoras introducidas por el actual contratista arrendatario, del lote de terreno y edificaciones hechas en él, y conocidas con el nombre de "Hotel Abacoas", ubicados en jurisdicción del Municipio de San Andrés (Isla), Intendencia de San Andrés y Providencia, y comprendido dentro de los siguientes linderos: "Por el Norte noventa y ocho (98) pies con camino público; Por el Sur doscientos sesenta y dos (262) pies con camino público; Por el Este seiscientos setenta y ocho (578) pies con camino público, y Por el Oeste quinientos ochenta pies con terrenos de la sucesión y otros.

Parágrafo. En igualdad de condiciones, para la venta respectiva, se preferirá al actual arrendatario, de conformidad con el contrato celebrado con la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, previo el lleno de los requisitos legales correspondientes, y con la posterior aprobación del Ministerio de Gobierno.

Artículo 4Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Cuarto

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo cuarto. El producto de la enajenación del ote y construcciones a que se refiere el artículo anterior, será destinado al pago de la deuda contraída por la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia con el Instituto de Crédito Territorial, y el saldo de tal venta, si lo hubiere, se invertirá en las obras de Fomento Turístico Intendencial que actualmente adelanta ese territorio nacional.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 16/04/1958 – 02/03/2021

Artículo cuarto. El producto de la enajenación del ote y construcciones a que se refiere el artículo anterior, será destinado al pago de la deuda contraída por la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia con el Instituto de Crédito Territorial, y el saldo de tal venta, si lo hubiere, se invertirá en las obras de Fomento Turístico Intendencial que actualmente adelanta ese territorio nacional.

Artículo 5Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Quinto

Artículo quinto. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 16/04/1958 – 02/03/2021

Artículo quinto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román. - E1 Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas