DecretoVigente
Decreto 1776 de 1993
por medio del cual se modifica el Decreto 2078 del 23 de diciembre de 1992 y se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en desarrollo de la Decisión 321 de la Comisión de Acuerdo de Cartagena.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adicionar El Artículo 1° Del Decreto 2078 De 1992 Con La Inclusión De Los Productos Que Se Relacionan A Continuación, Los Cuales No Estarán Sometidos A Gravámenes Arancelarios, Cuando Sean Originarios Y Procedentes Del Perú2Eliminar El Cupo Establecido En El Artículo 1° Del Mismo Decreto 2078 De 1992 Para La Importación De Zinc De La Partida Arancelaria 79011100003Las Preferencias De Que Trata El Presente Decreto Estarán Vigentes Hasta El 31 De Diciembre De 19934El Presente Decreto Entrará En Aplicación Simultáneamente Con El Otorgamiento, Por Parte Del Perú, De Las Preferencias Otorgadas A Colombia En El Acta Del 29 De Junio De 1993, Para Cuyo Efecto El Ministerio De Comercio Exterior Dará A Conocer La Fecha A Partir De La Cual Se Dará Cumplimiento A Las Preferencias Previstas En Este Decreto
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las previstas en el artículo 189, numeral 25 de la Constitución Política, las Leyes 6ª de 1971, 8ª de 1973, artículo 2°, y 7° de 1991 y la Decisión 321 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, y
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito público
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Comercio Exterior