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decreto 2117 de 1996

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El Presidente de la República

en uso de las facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución Política y las que le otorga el artículo 63 de la Ley 38 de 1989 modificado por el artículo 34 de la Ley 179 de 1994

Artículo 1º

º . El artículo 13 del Decreto 0126 de 1996 quedara así: "A los comisionados al exterior se les podrá suministrar pasajes aéreos, marítimos o terrestres solo en clase económica. El Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, el Presidente del Senado de la República, el Presidente de la Cámara de Representantes, el Contralor General de la República, el Procurador General de la Nación, el Fiscal General de la Nación, los Presidentes de las Altas Cortes Judiciales, el Registrador Nacional del Estado Civil y el Defensor del Pueblo, podrán viajar en primera clase. Los Ministros del Despacho, los Directores de los Departamentos Administrativos, los miembros del Congreso, los Embajadores, los Magistrados de las Altas Cortes Judiciales y los Superintendentes, podrán viajar en clase ejecutiva".

Artículo 2º

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente el Decreto 0126 de 1996 y deroga el Decreto número 0209 de 1996.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República, en uso de las facultades constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución Política y las que le otorga el artículo 63 de la Ley 38 de 1989 modificado por el artículo 34 de la Ley 179 de 1994
El Ministro del Interior
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia y del Derecho
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de Desarrollo Económico
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Comercio -Exterior
La Ministra de Educación Nacional
El Ministro del Medio Ambiente
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
La Ministra de Salud
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Transporte