Micelio

decreto 1281 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Del Saldo De La Partida Global Apropiada En El Actual Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas, Capítulo 116, Artículo 1578 "para Gastos De Estudios, Construcción, Reconstrucción De La Red De Carreteras Nacionales", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Capitulo 116 Artículo 1578 Ordinal Z - 3) Para La Carretera Popayán - Pasto

° Del saldo de la partida global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, Capítulo 116, artículo 1578 "Para gastos de estudios, construcción, reconstrucción de la red de carreteras nacionales", hácese la siguiente distribución parcial: CAPITULO 116 Artículo 1578 Ordinal Z - 3) Para la carretera Popayán - Pasto. $ 500.000.00 Ordinal Z - 4) Para la carretera Troncal Oriental, Sector Departamento del Huila 700.000.00 Ordinal Z - 5) Para la carretera Sonsón - Dorada 500.000.00

Artículo 2Adicionanse Los Siguientes Ordinales Correspondientes Al Capítulo 116, Artículo 1578 Del Presupuesto Vigente: Capitulo 116 Artículo 1578 Ordinal D) Carretera Palmira - Cartago $ 500

°. Adicionanse los siguientes ordinales correspondientes al Capítulo 116, artículo 1578 del Presupuesto vigente: CAPITULO 116 Artículo 1578 Ordinal D) Carretera Palmira - Cartago $ 500.000.00 Ordinal F) Carretera Duitama - Sogamoso 100.000.00 Ordinal H) Carretera Bogotá - Villavicencio, sector kilómetro 20 - Cáqueza 20.000.000 Ordinal Q) Carretera Gaucasia - Planeta Rica 200.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas