en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 39 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1 de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y l
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 39 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1 de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa.
Que por medio de las correspondientes Resoluciones Ejecutivas, el Gobierno Nacional declaró sobrantes y disponibles las sumas necesarias en los Presupuestos del .Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de ajustar los programas y las apropiaciones a la Reforma Administrativa autorizada por la Ley 65 de 1967.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad requeridos para amparar las operaciones presupuestales de que se trata, de los cuales se utilizan $ 8.929.076.00, en el presente Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales exigidos para la tramitación de esta clase de negocios.
Artículo 1
Hácense los siguientes Contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969.
Artículo 0363Auxilio Para La "enacc" 10
Artículo primero. Hácense los siguientes Contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. Presupuesto de funcionamiento Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil CAPITULO 035 Departamento Administrativo, de Aeronáutica Civil Programa 071 Dirección del Departamento Transferencias 204, 111, 414. Artículo 0363. Auxilio para la "ENACC" 10.000.00 Ministerio de Hacienda y Crédito Público CAPITULO 141 Gabinete Programa 169 Servicios Administrativos Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 1506. Reforma Administrativa 8.829.076.00 Suman los Contracréditos $ 8.929.076.00
Artículo 0351Sueldos Del Personal De Nómina $ 67
Artículo segundo. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. Presupuesto de Funcionamiento Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil CAPITULO 035 Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil Programa 071 Dirección del Departamento Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0351. Sueldos del personal de nómina $ 67.280.00 101, 111, 105. Artículo 0352. Gastos de representación 41.400.00 102, 111, 117. Artículo 0354. Prima de Navidad 17.306.00 102, 111, 127. Artículo 0355. Subsidio de transporte 540.00 Programa 072 Seguridad Aeronáutica Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0363. Sueldos del personal de nómina 4.961.610.00 102, 111, 117. Artículo 0368. Prima de navidad 644.465.00 Programa 073 Seccionales y Servicios Generales Unidad ejecutora: Secretaría General, Divisiones de Entrenamiento y de Personal Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0375. Sueldos del personal de nómina 2.872.440.00 102, 111, 117. Artículo 0376. Prima de Navidad $ 324.035.00 Suman los créditos $ 8.929.076.00
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.