Micelio

decreto 3658 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que las autoridades municipales del Espinal (Tolima) han solicitado del Gobierno Nacional la creación de una Escuela Vocacional Agrícola: Que las regiones central y sur del Departamento del Tolima no tienen un establecimiento vocacional agrícola que facilite a los campesinos educación y orientación en sus actividades agrícolas

Considerando · 4 motivos

Que las autoridades municipales del Espinal (Tolima) han solicitado del Gobierno Nacional la creación de una Escuela Vocacional Agrícola:;

Que las regiones central y sur del Departamento del Tolima no tienen un establecimiento vocacional agrícola que facilite a los campesinos educación y orientación en sus actividades agrícolas;

Que el Municipio del Espinal ofrece una cooperación eficaz por parte de las autoridades y de los vecinos, y;

Que de conformidad con el artículo 4º de la Ley 164 de 1941 el Gobierno Nacional está facultado para establecer escuelas vocaciones agrícolas en los lugares cuyas necesidades lo requieran;

Artículo UNICO

Artículo único. Créase en el Municipio del Espinal, Departamento del Tolima, una Escuela Vocacional Agrícola. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional