en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos
Considerando · 4 motivos
Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la. Administración pública y el normal .cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de- gastos del Ministerio de Agricultura por $8.140,208.71;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 15 de 1975 por $5.226.848.800.00, correspondientes al mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 8.140.208.71 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de-esta clase de negocios;
Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 En La Cantidad De Ocho Millones Ciento Cuarenta Mil Doscientos Ocho Pesos, Con Setenta Y Un Centavos ($8
° Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de ocho millones ciento cuarenta mil doscientos ocho pesos, con setenta y un centavos ($8.140.208.71) moheda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de rentas e ingresos. CAPITULO XI c) Otros recursos. Numeral 110-C Mayor producto de las rentas: globalmente consideradas, (artículo 103 del Decreto-ley 294 de 1973) $ 8.140.208.71 Suma el recurso $ 8.140.208.71
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese Él Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos-Para La Vigencia Fiscal De, 1975: Presupuesto De Inversión
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese él siguiente crédito adicional al presupuesto de gastos-para la vigencia fiscal de, 1975: Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE AGRICULTURA CAPITULO 575 Gabinete del Ministro Programa 575 Fomento Agropecuario 406 212. Artículo 5751. Investigación y fomento agropecuario $ 8.140.208.71 Proyecto 1. Estudios técnicos agrícolas $ 8.140.208.71 Suma el crédito adicional $ 8.140.208.71
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.