El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 1.° del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 66 y 67 de la Ley 397 de 1997
Artículo 1Nómbrase Al Doctor Ramiro Osorio Fonseca, Identificado Con La Cédula De Ciudadanía Número 19127242 De Bogotá, Como Ministro De La Cultura
°. Nómbrase al doctor Ramiro Osorio Fonseca, identificado con la cédula de ciudadanía número 19127242 de Bogotá, como Ministro de la Cultura.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Barranquilla, a 7 de agosto de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 1.° del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 66 y 67 de la Ley 397 de 1997