Micelio

decreto 973 de 1959

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El presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales y extraordinarias que le confiere la ley 44 de 1958 (diciembre 17)

Artículo 1Adicionase El Artículo 8° Del Decreto 326 De 5 De Febrero De 1959, En El Sentido De Disponer Que Los Descuentos Para La Caja De Retiro, Por Esta Sola Vez, Se Verificaran Por Décimas Partes, Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Artículo 8 Decreto 326 De 1959

°. Adicionase el artículo 8° del Decreto 326 de 5 de febrero de 1959, en el sentido de disponer que los descuentos para la Caja de Retiro, por esta sola vez, se verificaran por décimas partes,

Artículo 2Modifiquese El Artículo 14 Del Decreto 326 De 5 De Febrero De 1959, El Cual Quedara Así: "el Presente Decreto Surte Efectos A Partir Del 1 De Marzo De 1959" Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Artículo 14 Decreto 326 De 1959 Comuníquese Y Cúmplase

°. Modifiquese el artículo 14 del Decreto 326 de 5 de febrero de 1959, el cual quedara así: "El presente Decreto surte efectos a partir del 1 de marzo de 1959"

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República