Micelio

decreto 102 de 1885

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Artículo 1

Artículo único. Declárase que los Gobiernos de los Estados del Tolima y Antioquia han dejado de existir constitucionalmente. Por la Secretaría de Gobierno se comunicarán instrucciones á los Jefes de los Ejércitos nacionales en operaciones en el territorio de aquellos Estados, para la conveniente provisional organización de esas secciones, á medida que avancen las fuerzas federales de su mando.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Fomento, encargado del Despacho de Gobierno