EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de que trata el mismo artículo
Artículo 1º
ARTICULO 1 º . Deróganse los artículos 18 a 22 de la Ley 13 de 1990, a través de los cuales se autorizaba la constitución de la sociedad de economía mixta CORPORACION FINANCIERA DE FOMENTO PESQUERO S. A. - CORFIPESCA.
Artículo 2º
ARTICULO 2 º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo Transitorio 20 de la Constitución Política y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de que trata el mismo artículo
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura