Micelio

decreto 18670524 de 1867

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Artículo 1

Art. 1.° Declárase insubsistente en todas sus partes el decreto ejecutivo sobre órden público dictado el 29 de abril último.

Artículo 2

Art. 2.° En consecuencia, el Poder Ejecutivo no reconoce la cesacion constitucional de las sesiones ordinarias del Congreso federal, i dispone se excite a los Presidentes de las Cámaras lejislativas a que procuren la continuacion d ellas tan pronto como sea posible.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores