Micelio

decreto 369 de 1888

1 artículos · lectura continua

El Presidente de la República

En uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que en el Jurado Electoral de Bogotá se necesita extender varias listas de sufragantes, que el número de éstos excede de doce mil, siendo de consiguiente muy laborioso el Despacho de la Secretaría de dicha Corporación

Considerando · 1 motivo

Que en el Jurado Electoral de Bogotá se necesita extender varias listas de sufragantes, que el número de éstos excede de doce mil, siendo de consiguiente muy laborioso el Despacho de la Secretaría de dicha Corporación;

Artículo 1

Artículo único. Créanse en la Secretaría del Jurado Electoral del Distrito municipal de Bogotá los destinos de Oficial primero, Oficial-escribiente y Portero-escribiente, con las asignaciones de ochenta, cincuenta y cuarenta pesos, respectivamente. Estos empleados estarán bajo á las órdenes inmediatas del Sr. Presidente del Jurado. Publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno