El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1Modifícase El Decreto 342 Del 4 De Febrero De 1982 En El Sentido De Expresar Que La Comisión Conferida Por Dicho Decreto Se Cumplirá Entre Los Días 2 De Febrero Y 7 De Marzo De 1982 Y No Como Se Había Dicho En El Citado Decreto
° Modifícase el Decreto 342 del 4 de febrero de 1982 en el sentido de expresar que la Comisión conferida por dicho Decreto se cumplirá entre los días 2 de febrero y 7 de marzo de 1982 y no como se había dicho en el citado Decreto.
Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil