en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 8 de abril del presente año, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 8150, procedente de la Secretaría de dicha entidad
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Trabajo, Higiene Y Prevision Social Capítulo 40: Del Artículo 407
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL Capítulo 40: Del artículo 407. Para la organización de una Unidad Sanitaria en Silvia y Tierradentro $ 5.070.00 Del artículo 410. Para la organización y establecimiento de una Unidad Sanitaria o Centro en Ríohacha, así como su funcionamiento $ 2.183.40 Capítulo 44: Del artículo 547. Para la compra de una finca con destino a sostener los ganados del Laboratorio Nacional de Higiene y sus dependencias 21.000.00 Capítulo 40: Al artículo 407 A. Para completar la suma necesaria para atender al contrato sobre Centro de Higiene en Popayán 5.070.00 Al artículo 410 A. Para completar la suma necesaria para atender al contrato sobre Unidad Sanitaria de Santa Marta 2.183.40 Al artículo 412 A. Para completar la suma necesaria para atender al contrato sobre campaña sanitaria en el Departamento de Antioquia 21.000.00 Sumas iguales $ 28.253.40 28.253.40
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.