Micelio

decreto 522 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 57Sostenimiento De Las Misiones De La Goajira $ 8,000 Para Trasladarlos Al Capítulo 21, Artículo 61

Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Del capituló 20, artículo 57. Sostenimiento de las Misiones de la Goajira $ 8,000 Para trasladarlos al capítulo 21, artículo 61. Gastos extraordinario se imprevistos del Ministerio, etc. $8,000. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores