Micelio

decreto 18660914 de 1866

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Artículo 1

En la liquidación jeneral del presupuesto nacional para el servicio de 1866 a 1867, departamento de fomento, capítulo único, artículo 8.° se comprenderá el crédito de dos mil pesos ($2,000) para pagar al señor José Triana la continuación de los trabajos de la " Flora Colombiana " que tiene a su cargo, i la publicación del 4.° tomo de dicha obra, al respecto de dos mil pesos ($ 2,000) anuales, conforme a la leí de 4 de julio i al contrato contenido en la nota de la legación de Colombia en Londres, de 10 de marzo citado, publicada con la leí.

Artículo 8Se Comprenderá El Crédito De Dos Mil Pesos ($2,000) Para Pagar Al Señor José Triana La Continuación De Los Trabajos De La " Flora Colombiana " Que Tiene A Su Cargo, I La Publicación Del 4

Art. 1.° En la liquidación jeneral del presupuesto nacional para el servicio de 1866 a 1867, departamento de fomento, capítulo único, artículo 8.° se comprenderá el crédito de dos mil pesos ($2,000) para pagar al señor José Triana la continuación de los trabajos de la " Flora Colombiana " que tiene a su cargo, i la publicación del 4.° tomo de dicha obra, al respecto de dos mil pesos ($ 2,000) anuales, conforme a la leí de 4 de julio i al contrato contenido en la nota de la legación de Colombia en Londres, de 10 de marzo citado, publicada con la leí.

Artículo 2

Art 2.° La contabilidad jeneral incluirá en el presupuesto que debe presentar al congreso de 1867, i los Siguientes hasta la espiración de cinco años a qué contrae la mencionada nota, el crédito de dos mil pesos ($ 8,000) para pagar al señor Triana los trabajos i publicación de la Flora Colombiana i de la Jeografía botánica de Colombia.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El secretario de hacienda i tomento