Micelio

decreto 236 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto por la ley 179 de 1936

Artículo 1Con Los Fondos Provenientes De Los Intereses De La Suma De Cien Mil Pesos $ 100

° Con los fondos provenientes de los intereses de la suma de cien mil pesos $ 100.000.00 que le fue incautada al Colegio Pinillos de Mompós, créanse cuatro pensiones alimenticias de a veinticinco pesos ($25.00) cada una, dos para cursar estudios de bachillerato y dos para estudios universitarios, que adjudicará el Ministerio de Educación Nacional, a los estudiantes que hayan aprobado con las más altas calificaciones los cursos correspondientes en el Colegio Pinillos, de la ciudad de Mompós.

Artículo 2A Las Resoluciones Sobre Adjudicación De Estas Pensiones Alimenticias, Le Serán Aplicados Los Preceptos Del Decreto

° A las resoluciones sobre adjudicación de estas pensiones alimenticias, le serán aplicados los preceptos del Decreto .1200 de 1939, reglamentario del ramo de becas nacionales. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho de Educación Nacional