en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y de la prevista en el artículo 64 del Decreto 0062 de 1976
Artículo 1º Créase La Inspección De Trabajo Y Seguridad Social De Guapí (Cauca) Con Los Empleos Inspector De Trabajo 5085, Grado 13 Y Secretario 5140, Grado 06
º Créase la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Guapí (Cauca) con los empleos Inspector de Trabajo 5085, Grado 13 y Secretario 5140, Grado 06.
Artículo 2º Suprímense Los Cargos De Inspector De Trabajo 5085, Grado 13 Y Secretario 5140, Grado 06 De La Inspección De Trabajo Y Seguridad Social De Arauca (Arauca) Que Fueron Creados Por Decreto 1540 Del 14 De Agosto De 1987
º Suprímense los cargos de Inspector de Trabajo 5085, Grado 13 y Secretario 5140, Grado 06 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Arauca (Arauca) que fueron creados por Decreto 1540 del 14 de agosto de 1987.
Artículo 3º La Jurisdicción De La Inspección De Trabajo Y Seguridad Social De Guapí (Cauca), Comprende A López Y Timbiquí
º La jurisdicción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Guapí (Cauca), comprende a López y Timbiquí.
Artículo 4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.