Artículo 1783Del Presupuesto Vigente
Artículo primero. Hácese la siguiente creación en el Ramo de Telégrafos del Ministerio de Comunicaciones: Comisaría del Putumayo: Mocoa: Una plaza de Ayudante de Giros en la Oficina Mixta, con asignación mensual de $ 180.00 Suman $ 180.00
Parágrafo
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 108, artículo 1783 del Presupuesto vigente.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto regirá a partir del día de 1953. Comuníquese y publíquese.