en uso de sus facultades, legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del primero de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de -funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha da la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del primero de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de -funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha da la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 205 de 1970, el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada, la cantidad de $ 100.000,00, en el presupuesto de gastos, a el Departamento Administrativo de Seguridad Nacional, para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de un crédito adicional al mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 36 de 1970, por $ 100,000.00, para amparar el crédito presupuestal de que trata éste Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácese El Siguiente, Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo De Seguridad Nacional, Capitulo 031 Departamento Administrativo De Seguridad' Nacional Programa 046 Desarrollo Operativo Servicios Personales 101,133,103 Artículo0371
°. Hácese el siguiente, contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD NACIONAL, CAPITULO 031 Departamento Administrativo de Seguridad' Nacional Programa 046 Desarrollo Operativo Servicios personales 101,133,103 Artículo0371. Sueldos del personal de nómina $100.000 Suma el contracrédito $100.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Capitulo 031 Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Programa 045 Dirección Y Administración Gastos Generales 106,111,219 Artículo 368-A
°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD NACIONAL CAPITULO 031 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional Programa 045 Dirección y Administración Gastos generales 106,111,219 Artículo 368-A. Auxilio funerario $100.000 Suma el crédito $100.000
Artículo 3El Presente Decreto, Rige Desde La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.