Micelio

decreto 1774 de 1961

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Ley 1960.

Artículo 1

La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Teatro Colón en el Capítulo 1219. Artículo 12540 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así:

Artículo 12540Del Presupuesto Nacional De La Actual Vigencia, Se Distribuye Así: Comuníquese Y Publíquese

Artículo único. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Teatro Colón en el Capítulo 1219. Artículo 12540 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así: Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
decreto 1774 de 1961 — texto — Micelio