en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia
Artículo 1º
ARTICULO 1 º. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación: No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 (uno) Jefe de Unidad 2055 11 2 (dos) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 12 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 08
Artículo 2º
ARTICULO 2 º. Establécese la siguiente planta global de personal para la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial del Departamento Nacional de Planeación: PLANTA GLOBAL No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 (uno) Jefe de Unidad 2055 11 3 (tres) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Asesor 1020 05 2 (dos) Asesor 1020 04 2 (dos) Asesor 1020 03 3 (tres) Asesor 1020 02 8 (ocho) Asesor 1020 01 2 (dos) Profesional Especializado 3010 09 3 (tres) Profesional Especializado 3010 07 1 (uno) Profesional Especializado 3010 05 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 13 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 12 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 3 (tres) Secretario Ejecutivo 5040 08 1 (uno) Chofer Mecánico 6010 06 1 (uno) Auxiliar Servicios Generales 6035 05
Artículo 3º
ARTICULO 3 º. Los funcionarios que a la fecha de expedición del presente Decreto se encuentren nombrados en los cargos suprimidos en el artículo 1o. serán incorporados a la nueva planta de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial.
Artículo 4º
ARTICULO 4 º. La provisión de los empleos de que trata el artículo 2º del presente Decreto no podrá exceder el monto de las apropiaciones presupuestales en la correspondiente vigencia fiscal.
Artículo 5º
ARTICULO 5 º. El Jefe de la Unidad Administrativa Especial distribuirá los empleos y ubicará e incorporará el personal de acuerdo con la estructura interna de la Unidad y las necesidades del servicio.
Artículo 6º
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 1255 de 1993. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 11 días de febrero de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Despacho d