Micelio

decreto 1970 de 1972

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos: Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigen

Considerando · 5 motivos

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos:;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972 financiado con el producto del empréstito negociado con Manufacturers Hanover Limited, de Inglaterra, según contrato de fecha de julio del mismo año y hacer una sustitución de los recursos de financiación en los Ministerios de Educación Nacional y Obras Públicas, por $ 8.879.479.00, para financiar la construcción de la carretera Sevilla-Barragán y proveer de recursos a las Universidades de Antioquia y el Valle para que atiendan el servicio de su deuda externa;

Que el numeral 2.° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, Autorizó al Gobierno Nacional "para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito y abrir o reducir las apropiaciones correspondientes" y el artículo 51 "para ajustar a las normas legales y contractuales pertinentes las apropiaciones que se financien con recursos diferentes a los ordinarios";

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1972, por $ 887.200.000.00 de los cuales se utilizan $ 8.879.479.00 para financiar las apropiaciones presupuéstales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1972, Con La Cantidad De Ocho Millones Ochocientos Setenta Y Nueve Mil Cuatrocientos Setenta Y Nueve Pesos ($ 8

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de ocho millones ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y nueve pesos ($ 8.879.479,00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 23 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capitulo XVI Recursos del crédito b) Recursos del crédito externo Numeral 198. Producto del empréstito Manufacturers Hanover Limited, de Inglaterra, según contrato de 15 de julio de 1972 $ 8.879.479.00 Suma el recurso $ 8.879.479.00

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 6. Construcción y reconstrucción de otras carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.) 584, 264. Artículo 7270-C. Carretera Sevilla-Barragán $ 2.000.000.00 Suma el crédito $ 2.000.000.00

Artículo 3Sustitúyese En El Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas La Financiación De La Siguiente Apropiación De Recursos Ordinarios Por La De Manufacturers Hanover Limited

° Sustitúyese en el presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas la financiación de la siguiente apropiación de recursos ordinarios por la de Manufacturers Hanover Limited. PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa, 711 Plan Vial Nacional Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.) 258, 264. Artículo 7263-F. Conservación rutinaria de vías en diferentes distritos 6.879.479.00 Proyecto 1. Distrito número 4 Tunja 6.879.479.00 Suma la sustitución $ 6.879.479.00 Resumen Valor del crédito adicional 2.000.000.00 Valor de la sustitución 6.879.479.00 Total $ 8.879.479.00

Artículo 4Con Los Recursos Liberados En El Artículo Anterior, Increméntanse Las Siguientes Apropiaciones Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972

Articulo 4.° Con los recursos liberados en el artículo anterior, increméntanse las siguientes apropiaciones del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Educación Capítulo 281 Ministerio de Educación Nacional Programa 326 Aporte a los Establecimientos Públicos del Sector Educativo 203, 314, 412. Artículo 3346. Universidad del Valle $ 1.915.189.00 203, 314, 412, Articulo 3362. Universidad de Antioquia 4.964.290.00 Suman los incrementos $ 6.879.479.00

Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público