en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO 1° Que la Ley 12 de 1934 creó la Dirección Nacional de Bellas Artes, Monumentos Públicos y Reliquias Prehistóricas, y 2° Que el Teatro de Colón por los fines a que está destinado y como uno de los monumentos públicos, debe depender de dicha Sección
Considerando · 2 motivos
Que la Ley 12 de 1934 creó la Dirección Nacional de Bellas Artes, Monumentos Públicos y Reliquias Prehistóricas, y 2°;
Que el Teatro de Colón por los fines a que está destinado y como uno de los monumentos públicos, debe depender de dicha Sección;
Artículo 1Adscríbase A La Dirección Nacional De Bellas Artes, Monumentos Públicos Y Reliquias Prehistóricas, La Dirección De Los Asuntos Relacionados Con El Teatro De Colón
° Adscríbase a la Dirección Nacional de Bellas Artes, Monumentos Públicos y Reliquias Prehistóricas, la Dirección de los asuntos relacionados con el Teatro de Colón.
Artículo 2Dicha Sección Estudiará Y Formulará Los Reglamentos Que Estime Conveniente, Los Cuales Serán Aprobados Por Resolución Del Ministerio De Educación Nacional
° Dicha Sección estudiará y formulará los reglamentos que estime conveniente, los cuales serán aprobados por resolución del Ministerio de Educación Nacional. Comuníquese y publíquese.