El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y de conformidad con el Decreto 1678 de 1960
Artículo 1Adiciónase En Forma Parcial El Personal De Planta De La División De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Los Siguientes Cargos: Administración De La Aduana De Buenaventura
° Adiciónase en forma parcial el personal de planta de la División de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con los siguientes cargos: Administración de la Aduana de Buenaventura. Sección de Liquidación. Grado 1 Oficinista II 4 Sección de Almacenes. 1 Jefe de Grupo II 6 1 Almacenista IV 6 26 Ayudantes de Almacén V 5 Estadística y Archivo. 4 Oficinista III 5 1 Mecanógrafo II 4
Artículo 2El Presente Decreto Rige Con Efectividad Al 1° De Enero Del Presente Año
° El presente Decreto rige con efectividad al 1° de enero del presente año. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República