Micelio

decreto 2598 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva

Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 112.

Al artículo 1666. Para terminar el puente del Guamal

Artículo 1639Para Continuar La Construcción De La Carretera Hato-Sumapaz $ 30

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 112. Del artículo 1639. Para continuar la construcción de la carretera Hato-Sumapaz $ 30.000.00 Suman los contracréditos $ 30.000.00 Capítulo 114. Al artículo 1666. Para terminar el puente del Guamal $ 30.000.00 Suman los créditos $ 30.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas