Micelio

decreto 2948 de 1980

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución política

Artículo 1

Artículo primero. Suprímase de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía el siguiente cargo: Dependencia: Despacho del Ministro. Denominación del cargo: Profesional universitario. Número de cargos. 1. Código: 3020. Grado: 06.

Artículo 2

Artículo segundo. Créase en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía el siguiente cargo: Dependencia: Despacho del Ministro. Denominación del cargo: Profesional Especializado. Número de cargos: 1. Código: 3010. Grado: 10.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Energía