Micelio

decreto 971 de 1905

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales

Artículo 1

Art. 1.° Son rentas de la Intendencia del Alto Caquetá las siguientes: 1. a El auxilio con que la Nación contribuye para el sostenimiento de la Intendencia; 2. a El monopolio de licores; 3. a El impuesto de tabaco y cigarrillos ; 4. a El derecho de pisadura ; 5. a El impuesto de degüello de ganado mayor ; 6. a El impuesto de exportación de ganados ; 7. a El derecho de extracción y exportación de caucho; y 8. a El impuesto de multas.

Artículo 2

Art. 2.° Los impuestos, de licores, tabaco y cigarrillos, conforme á lo establecido en las leyes que regulan estas rentas y según organización que dará el Intendente, con aprobación del Gobierno. El derecho de pisadura consiste en el impuesto de diez centavos oro por cada cabeza de ganado mayor que transite por las vías de comunicación de la Intendencia. El derecho de degüello de ganado mayor será de dos pesos oro por cada res que se dé al expendio público. El ganado mayor pagará por la exportación un peso oro por cada res que salga del territorio de la Intendencia. La extracción y exportación de cauchos pagará dos centavos oro por cada kilogramo de caucho que se extraiga. El de multas por las penas pecuniarias que se impongan por la Intendencia. Capítulo II

Artículo 3

Art. 3.° Son gastos de la Intendencia los siguientes: Intendencia (personal). Sueldo mensual del Intendente $ 150 Id, íd. del Secretario 100 Id. íd. del Escribiente 50 Id. íd. de tres Inspectores de Policía, a $ 40 cada uno 120 Intendencia (material) 20 440 Administración de Hacienda (personal). Sueldo mensual del Administrador Contador $ 100 Administración de Hacienda (material) 5 105 Cárceles (personal). Sueldo mensual del Director de la Colonia Penal é Inspector de obras públicas $ 100 Sueldo mensual de dos Sargentos primeros (Alcaides), á 30 cada uno 60 Sueldo mensual de dos Cabos primeros, á $ 22 cada uno 44 Sueldo mensual de dos Cabos segundos, á $ 20 cada uno 40 Sueldo mensual de veinte soldados, á $ 15 cada uno 300.. Alimentación de sesenta presidiarios y veintiséis custodios del presidio, á $ 17 oro cada uno 1,462 Cárceles (material) 20 20 2,026 Correos y Telégrafos. Dos Correos quincenales de la capital de la Intendencia á Mocoa y Garzón $ 100 Correos y Telégrafos (Material). Canoas y bogas 50 150 Colonización (Personal). Sueldo mensual de un Capellán $ 80 Id. íd. de un Médico 100 Auxilio id. de cinco familias 50 Colonización (Material.) Para medicamentos de las Colonias Penal y Militar, mensualmente 20 250 Pasan $ 2,971 Vienen $ 2,971 Gastos varios. Herramientas y materiales para edificios públicos y caminos $ 30 Gastos imprevistos 29 59 Suma total $ 3,030 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno