en uso de sus facultades, legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito, e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito, e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que como producto del préstamo número 246/SF-CO concedido por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) al Gobierno Nacional, el 16 de enero de 1970, destinado a financiar la rectificación, construcción y pavimentación de la carretera Pasto-Popayán, en cumplimiento de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, existe la cantidad de $ 7.317.000.00, que serán desembolsados en la presente vigencia, y debe ser incorporada al Presupuesto Nacional;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1970, por $ 7.317.000.00, con el objeto de amparar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970:
°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970 Presupuesto De Inversión Ministerio De Obras Publicas Capitulo 710 Ministerio De Obras; Públicas Programa 713 Plan Vial Nacional Subprograma 2
°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 Presupuesto de inversión MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 710 Ministerio de Obras; Públicas Programa 713 Plan Vial Nacional Subprograma 2. Construcción y reconstrucción de carreteras nacionales. Inversión indirecta 584,264 Artículo 7115. Crédito externo BID $7.317.000 Proyecto 1 Cano-Timbío $7.317.000 Suma el crédito 7.317.000
Artículo 3El Presente Decreto, Rige Desde La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.