Micelio

decreto 2336 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 12 de la Ley 60 de 1946, y CONSIDERANDO: Que en el Decreto número 2261 de 1947, "por el cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional", no quedaron comprendidos algunos servicios de los que se prestaban en el Ministerio de Educación Nacional por jornal, y que corresponden a cargos que son indispensables para el buen funcionamiento de algunas dependencias: Que en la Sección de Cinematografía no quedó contemplado el cargo de un téc

Considerando · 2 motivos

Que en el Decreto número 2261 de 1947, "por el cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional", no quedaron comprendidos algunos servicios de los que se prestaban en el Ministerio de Educación Nacional por jornal, y que corresponden a cargos que son indispensables para el buen funcionamiento de algunas dependencias:;

Que en la Sección de Cinematografía no quedó contemplado el cargo de un técnico encargado de los equipos de cine, indispensable para el desarrollo de la campaña proyectada por el Ministerio;

Artículo 1

Artículo único. Adiciónase el Decreto número 2261 de 1947, en el sentido de aumentar los siguientes cargos no contemplados en el expresado Decreto, dentro de las Secciones respectivas del Ministerio de Educación Nacional, así: DEPARTAMENTO DE EXTENSION CULTURAL Y BELLAS ARTES Mensual Mensajero 70.00 Aseadora 60.00 Sección de Cultura Popular y Publicaciones. Operador del Teatro Cultural 150.00 Sección de Archivo Nacional. Aseadora 55.00 Calzado escolar. Chofer 130.00 Mecanógrafa 160.00 Ayudante del Contador Almacenista 100.00 Sección de Cinematografía. Técnico encargado de los equipos de cine 320.00 Técnico de Laboratorio 230.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional