Micelio

decreto 100 de 1973

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Artículo 1Establecer Una Comisión De Carácter Temporal, Encargada De Estudiar La Aplicación Del Situado Fiscal Educativo En Los Departamentos Y En El Distrito Especial De Bogotá, Y El Funcionamiento De Los Fer

° Establecer una comisión de carácter temporal, encargada de estudiar la aplicación del situado fiscal educativo en los Departamentos y en el Distrito Especial de Bogotá, y el funcionamiento de los FER.

Artículo 2La Comisión De Que Trata El Artículo Anterior Estará Integrada Por Los Gobernadores De Los Departamentos De Antioquia, Caldas, Cauca, Córdoba, Cundinamarca Y Santander, Los Cuales Coordinarán Su Acción Con Los Gobernadores Que A Continuación Se Determinan: Antioquia Con Chocó

° La comisión de que trata el artículo anterior estará integrada por los gobernadores de los Departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Córdoba, Cundinamarca y Santander, los cuales coordinarán su acción con los gobernadores que a continuación se determinan: Antioquia con Chocó. Caldas con Quindío, Risaralda y Tolima. Cauca con Huila, Nariño y Valle. Córdoba con Atlántico, Bolívar, Magdalena y Sucre. Cundinamarca con Boyacá, Meta y Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá. Santander con Cesar, Guajira y Norte de Santander.

Artículo 3De Acuerdo Con La Distribución Anterior, Los Mandatarios Seccionales Adelantarán Los Estudios Dentro De Las Respectivas Zonas

° De acuerdo con la distribución anterior, los mandatarios seccionales adelantarán los estudios dentro de las respectivas zonas. Estos estudios serán analizados en reunión conjunta por los gobernadores de los departamentos que encabeza cada zona, lo cuales a su vez rendirán un informe con las observaciones, conclusiones y recomendaciones pertinentes al Ministro de Educación Nacional para lo de su competencia.

Artículo 4La Presente Disposición Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Se Fija El Término De Veinte Días Hábiles, Para El Cabal Cumplimiento De La Misión Encomendada

° La presente disposición rige a partir de la fecha de su expedición y se fija el término de veinte días hábiles, para el cabal cumplimiento de la misión encomendada. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional