en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 4 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capítulo 22: Del Articulo 210
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 22: Del articulo 210. Para gastos de demarcación de límites y fijación de ellos, en el año $ 12.000.00 Suman los contracréditos $ 12.000.00 Capítulo 20: Al artículo 197. Para viáticos del personal diplomático en el año $ 10.000.00 Capítulo 23: Al artículo 212. Para atender al pago de cuentas de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 2.000.00 Suman los créditos $ 12.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.