en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social, Los Siguientes Cargos: Secretaria General División Administrativa 1 Profesional Especializado 3010 08 División De Personal Sección De Capacitación Y Bienestar Social 1 Profesional Universitario 3020 06 División De Presupuesto Sección De Ejecución Presupuestal 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 Oficina De Sistemas De Información División De Informática 1 Profesional Especializado 3010 12 Dirección Regional De Cundinamarca 1 Profesional Especializado 3010 10 2 Auxiliar De Técnico 4110 06
º Suprímense de la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos: SECRETARIA GENERAL División Administrativa 1 Profesional Especializado 3010 08 División de Personal Sección de Capacitación y Bienestar Social 1 Profesional Universitario 3020 06 División de Presupuesto Sección de Ejecución Presupuestal 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 Oficina De Sistemas De Información División de Informática 1 Profesional Especializado 3010 12 DIRECCIÓN REGIONAL DE CUNDINAMARCA 1 Profesional Especializado 3010 10 2 Auxiliar de Técnico 4110 06
Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social, Los Siguientes Cargos: Secretaria General División De Personal Sección De Administración De Personal 1 Asistente Administrativo 4140 15 Sección De Capacitación Y Bienestar Social 1 Asistente Administrativo 4140 15 División De Presupuesto Sección De Ejecución Presupuestal 1 Asistente Administrativo 4140 15 Direccion General Del Trabajo Subdirección De Trabajo Asociativo E Informal 1 Secretario 5140 10 Direccion Regional De Cundinamarca 2 Jefe De Sección 2075 05 Dirección Regional De Sucre 1 Secretario 5140 08
º Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos: SECRETARIA GENERAL División De Personal Sección de Administración de Personal 1 Asistente Administrativo 4140 15 Sección de Capacitación y Bienestar Social 1 Asistente Administrativo 4140 15 División de Presupuesto Sección de Ejecución Presupuestal 1 Asistente Administrativo 4140 15 DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO Subdirección de Trabajo Asociativo e Informal 1 Secretario 5140 10 DIRECCION REGIONAL DE CUNDINAMARCA 2 Jefe de Sección 2075 05 Dirección Regional de Sucre 1 Secretario 5140 08
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1792 Del 3 De Agosto De 1990
Articulo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1792 del 3 de agosto de 1990.